b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años;
b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años;
A partir del 01 de enero de 2019 no existe la obligación de esta Agencia para emitir un Programa Operativo Anual en razón de la modificación a la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios, sin embargo, con fundamento en el artículo 85 de la Ley de referencia, actualmente la obligación consiste en la elaboración de un Plan Institucional.
Bajo ese contexto, esta Agencia, con fundamento en el artículo 38 fracción I de la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco, con relación a los artículos 32 al 35 del Estatuto Orgánico de la Comisión por la Coordinación Metropolitana, emite un Plan Anual de Trabajo:
Fecha de actualización: 30 de junio 2024
Fecha de verificación: 04 de julio 2024